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Derecho concursal

El departamento de derecho concursal dirigido por el abogado Michał Kalita, que asimismo está autorizado para ejercer funciones de administrador concursal y supervisor judicial temporal (número de licencia 381). Su larga experiencia y amplio conocimiento del derecho concursal es empleada perfectamente junto con otras ramas de derecho durante los procedimientos de litigio.

El Bufete de Abogados representa a los clientes en los procedimientos de insolvencia y saneamiento de la siguiente manera:

  • preparar la solicitud de declaración de insolvencia en nombre del insolvente o de sus acreedores,

las solicitudes conciernen a la insolvencia, pero también tienen por objetivo contraer el acuerdo.

El objetivo de la primera de ellas es la venta de los bienes del insolvente (el empresario, la sociedad) y satisfacer, con máxima eficiencia posible, a sus acreedores. Durante el procedimiento de insolvencia de supresión el juzgado nombra al administrador concursal que asume, gestiona y asegura los bienes del insolvente. La supresión de bienes consiste en la venta parcial o total de la empresa declarada insolvente, venta de inmobiliarios, mobiliarios, recuperación de las deudas pasivas del insolvente, ejercer u obtener otros derechos. La declaración de insolvencia que tiene por objetivo contraer el acuerdo, permite ejercer la actividad por el insolvente, pero asimismo con contraer el acuerdo con sus acreedores. Las propuestas del acuerdo deben ser presentadas junto con la solicitud de insolvencia, en el plazo de un mes desde la fecha de presentación de la solicitud de insolvencia. Las propuestas del acuerdo han de definir las obligaciones frente a los acreedores.

  • representación del insolvente o los acreedores en el procedimiento de insolvencia,

entre otros, representación del insolvente o el acreedor en las juntas de acreedores, representación en el juzgado, preparación de solicitudes para presentar las deudas pasivas, preparación de solicitudes de exclusión de bienes del activo de la quiebra.

  • representación de los empresarios en el procedimiento de saneamiento,

El objetivo de procedimiento de saneamiento es la protección del empresario (la sociedad entre otros) ante el procedimiento de supresión. Junto con la declaración de comienzo del procedimiento de saneamiento, el empresario debe presentar el plan de saneamiento que determina la manera de reestructuración de las obligaciones, que procede en modo de convenio colectivo contratado en la junta de acreedores. Durante el periodo de procedimiento de saneamiento el juzgado nombra al supervisor judicial.

  • Representación de los deudores o los acreedores, incluyendo los socios y los miembros de los órganos de las personas jurídicas durante el procedimiento de declarar la prohibición de ejercer la actividad económica, en conformidad con la Ley de la insolvencia y el saneamiento.

Con el fin de disciplinar a los empresarios, el legislador aplicó la posibilidad de declarar sobre la privación del derecho de ejercer la actividad económica, que permite suprimir a las personas que por su negligencia expusieron a otros sujetos a las perdidas, provocando la insolvencia.

 El juzgado tiene la posibilidad de declarar, en un plazo de entre 3 y 10 años, la privación del derecho de ejercer la actividad económica a cuenta propia o ejercer la función de miembro de la junta directiva, representante en la sociedad comercial, la empresa estatal, la cooperativa, la fundación o la asociación. En este caso, el procedimiento ha de comenzar en un plazo de un año desde la fecha de suspender o finalizar el procedimiento de insolvencia o retroceder la solicitud de declarar la insolvencia.